Legislacion Sobre Horarios Comerciales
Nº 327
La norma básica estatal sobre horarios comerciales de atención al público es la Ley 1/2004, de 21 de diciembre, de horarios comerciales. Ésta tiene como objetivo declarado promover unas adecuadas condiciones de competencia en el sector, contribuir a mejorar la eficiencia en la distribución comercial minorista, lograr un adecuado nivel de oferta para los consumidores y ayudar a ...
Sinopsis
La norma básica estatal sobre horarios comerciales de atención al público es la Ley 1/2004, de 21 de diciembre, de horarios comerciales. Ésta tiene como objetivo declarado promover unas adecuadas condiciones de competencia en el sector, contribuir a mejorar la eficiencia en la distribución comercial minorista, lograr un adecuado nivel de oferta para los consumidores y ayudar a conciliar la vida laboral y familiar de los trabajadores del comercio. Ahora bien, las Comunidades Autónomas que en atención a sus necesidades comerciales lo consideren necesario podrán variar los tiempos de apertura autorizada, sin que puedan fijarlos por debajo de unos mínimos determinados. A ello se añade la especificidad de las denominadas «zonas de gran afluencia turística», de características particulares. La presente edición ofrece los textos, actualmente vigentes, no sólo de la citada Ley estatal, sino los promulgados por todas y cada una de nuestras Comunidades Autónomas (incluida la reciente Ley 1/2008, de 26 de junio, de Modernización del Comercio de la Comunidad de Madrid): así, Leyes, Decretos, Ã"rdenes y Resoluciones autonómicas aparecen reproducidas en sus articulados referidos a horarios comerciales. Además de las correspondientes notas a pie de página, se incluyen unos índices sistemático y analítico de materias que facilitan la consulta de los textos seleccionados.
Índice
Secretaría de Estado de Comercio: Principios básicos de la regulación nacional. ç I. LEGISLACIÃN ESTATAL. ç I.1. Ley 1/2004, de 21 de diciembre, de Horarios Comerciales (BOE n.ú 307, de 22 de diciembre de 2004). ç II. LEGISLACIÃN AUTONÃMICA. ç II.1. ANDALUCÃA. ç II.1. A).Ley 1/1996, de 10 de enero, de Comercio Interior de Andalucía (Título III, artículos 15 a 20, y Título VI, artículos 87 a 97) (BOJA n.ú 7, de 18 de enero de 1996, y BOE n.ú 41, de 16 de febrero; corrección de errores en BOE n.ú 53, de 1 de marzo). ç II.1.B). Orden de 24 de julio de 1996, por la que se regula el procedimiento para la determinación de las zonas que tengan la condición de gran afluencia turística, a efectos de horarios comerciales (BOJA n.ú 93, de 13 de agosto 1996). ç II.1.C). Zonas de gran afluencia turística. ç II.1.D). Orden de 6 de noviembre de 2007, por la que se establece el calendario de domingos y festivos en que los establecimientos comerciales podrán permanecer abiertos al público durante el año 2008 (BOJA n.ú 237, de 3 de diciembre de 2007). ç II.2. ARAGÃN. ç II.2.A). Ley 9/1989, de 5 de octubre, de ordenación de la actividad comercial en Aragón (BOE n.ú 265, de 4 de noviembre de 1989). ç II.2.B). Ley 7/2005, de 4 de octubre, de Horarios Comerciales y Apertura de Festivos (BOA n.ú 124, de 20 de octubre de 2005, y BOE n.ú 264, de 4 de noviembre). ç II.2.C). Orden de 23 de noviembre de 2007, del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, por la que se determinan los días de apertura autorizados en domingos y festivos en los establecimientos comerciales para el año 2008, en la Comunidad Autónoma de Aragón (BOA n.ú 146, de 12 de diciembre de 2007). ç II.3. ASTURIAS. ç II.3.A). Ley 10/2002, de 19 de noviembre, de Comercio Interior (Título III, artículos 32 y 33, y Título VII, artículos 73 a 87) (BOPA n.ú 278, de 30 de noviembre de 2002, y BOE n.ú 8, de 9 de enero de 2003). ç II.3.B). Decreto 104/2005, d
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